quinta-feira, agosto 29, 2013

Reflexão sobre a obediência


Em remate ao artigo “Lex dubia non obligat”, de autoria de Roberto de Mattei, já publicado neste espaço, deixo abaixo uma reflexão do Padre Castellani sobre a obediência, a qual constitui uma autêntica e preciosa obra-prima do pensamento católico tradicional hispânico, que continua a ter total aplicação aos dias que vão correndo. Vale mesmo a pena lê-la integralmente! Como de costume, os destaques são de minha autoria.
***
 La "santa obediencia" es una gran virtud. Pertenece al género de las virtudes morales, que se discute si en el cristiano son infusas o no son infusas; y a la especie de la virtud de la "Religión"; al cuarto mandamiento, Primera Tabla; deberes para con Dios, y no para con el prójimo: los padres representan a Dio
(...)
 No hay que confundir la obediencia con la paciencia. Tener que hacer cosas absurdas por fuerza, no es obediencia sino paciencia. Y si se acaba la paciencia (porque la paciencia se acaba, algunas veces depende incluso de las fuerzas físicas), surge una singular especie de "desobediente".
 De la santa obediencia (del poder de hacerse obedecer) se puede abusar, como de cualquier otra cosa. Si no existieran hoy día abusos, no solamente históricos (como nos consta), sino también teóricos de la santa obediencia, no nos meteríamos en este espinoso tema.
 "¡Calla, calla, tapa, tapa!" Hay tiempos de callar y tiempos de hablar. O somos o no somos teólogos... periodistas.
 Es conocida y famosa en la literatura ascética la Carta de la Obediencia, de San Ignacio de Loyola. Es una especie de tratadito apologético de esta virtud a los Estudiantes Jesuitas de Coimbra, impregnada de una vehemente exhortación. Escrita por Luis de Polanco, género retórico, sin errores teológicos, por supuesto, pero sin la teología completa de esta virtud; la cual no era su fin, desde luego. No es un escrito "científico", sino oratorio, exhortatorio.
 Con ejemplos, ponderaciones y discursos trata de la excelencia de esta virtud, a la cual llama "ciega"; y da medios para practicarla. No está aquí la decantada frase perinde ac cadaver, aunque sí la comparación con el bastón de hombre viejo, de tanta menta. Dice que la obediencia es una virtud que trae consigo a las otras, las imprime y las conserva; que el que la posee a la perfección está en estado de perfección evangélica; que se apoya en la virtud teologal de la fe y se le parece. Todo esto es verdad incontestable.
 Mas la "carta" no define el fin específico de la virtud de la obediencia, su esencia filosófica, ni su dependencia de las otras virtudes. Apunta si de paso, sin explicación nada, sus topes extremos, que son el absurdo y el pecado; vale decir: no se puede obedecer en lo que es ilícito; y no puede haber "obediencia de entendimiento" delante de algo manifiestamente falso.
 Notemos de paso que la expresión "obediencia de entendimiento" es metafórica y no exacta. La obediencia es una virtud de la voluntad y su sujeto no puede ser el entendimiento. "Obediencia de entendimiento" sólo puede significar obediencia en la que (por justas razones o sin ellas) se suspende el ejercicio del entendimiento. En suma, la voluntad puede hacernos cerrar los ojos; pero no puede hacer que veamos árboles azules o ranas con pelos, a ojos vistas.
 No es necesaria ni es posible esta carta (mediocre y tosca en su teología, pero correcta en puridad) para explicar los abusos actuales de la santa obediencia, a que nos referimos arriba: basta para ello la pícara condición humana, y el apetito de mandar, tan fuerte en el hombre como los otros apetitos; y aún más fuerte a veces en los que han renunciado (mal) a otros apetitos -en virtud de la "ley de compensación". Hay casos en que la perra de la lujuria, echada por la puerta, vuelve sigilosamente por la ventana...
 El abuso no procede de aquí, como estiman Chesterfield, Huxley y otros muchos; pero es posible que el abuso una vez existente haya encontrado punto de apoyo en la unilateralidad del documento, en su incompletud teológica, su exageración encomiástica y sus ejemplos simplistas, que si no son tomados cum mica salis, pueden hacer concluir erróneamente. Es sabido que toda práctica (viciosa o no) tiende siempre a hacerse su teoría o a tomarla prestada en cualquier parte.
 La práctica viciosa con respecto a la obediencia religiosa se podría resumir en estas proposiciones teóricas-falsas:
 - La obediencia es la principal de las virtudes.
 - La obediencia suple a las otras virtudes.
- La obediencia suple, por ende, a la conciencia; se puede abandonar la propia conciencia (y es fácil, cómodo y seguro) en manos ajenas.
 Esto es falso y llevaría a una monstruosidad; a la obstrucción de la espontaneidad vital del hombre y, por tanto, de toda moral; y a la substitución, por lo jurídico y lo mecánico, de la vida interior, propia de cristianismo. Cristo liberó la conciencia humana del yugo insoportable de la religión exterior y formalista del fariseo; nos liberó de "la Ley", como repite hasta el cansancio San Pablo.
 Santo Tomás advierte (y es obvio) que el hombre está obligado a consultar su conducta con su propia razón; pues no será por la conciencia de otro que será juzgado por Dios, sino por la propia. Abandonar y suprimir el ejercicio de la propia razón en cuanto a lo más importante de la vida, la propia conducta moral, sería una mutilación y un crimen -lo mismo que sacarse los ojos-, si es que fuera posible físicamente extirpar la propia conciencia del todo.
 No dice esto la "carta" ciertamente; pero no se puede negar que sus expresiones místicas y ponderativas tiran hacia allá y dan asa a la interpretación que Pascal, Chesterfield y Huxley le dan, de donde salió la vulgar calumnia contra los jesuitas, de "suprimir la personalidad humana". Demasiadamente preocupado por reducir al súbdito que obedece a poco, Polanco olvida al superior que manda demasiado.
Pero mandar demasiado existió mucho antes que esta carta: siempre. Es una acariciada tendencia de la condición humana, la voluntad de poderío. Hay tres tipos de esos hombres que los españoles llaman mandamás: el inepto, el prepotente y el perverso.
 Hay hombres que abusan de la autoridad, por lo mismo que tienen poca, como esos hombres sexualmente débiles que son extremadamente salaces. Teniendo pocos dones de mando, pocas luces o poco prestigio o poca energía y constancia, en suma, poca aptitud nativa, y estando (indebidamente, por cierto) en puesto de autoridad, para mantenerla no tienen más remedio que exagerarla, haciendo alcaldadas, como dicen; y levantando mucho la voz en el Ordeno y mando. ¡El sargentón! El temor de no ser obedecidos o la semiconciencia de no merecer el mando, los hace mandones. Son más ridículos que temibles: el "comisario de campaña" puebla los sainetes argentinos.
 El segundo tipo es más de temer, el prepotente. Ha sido ganado por el deleite de imponer su voluntad, que es un deleite como cualquier otro, y aún mayor que otros. Hay religiosos que por el hecho de haberse encerrado y haber renunciado a la mujer, se estiman ya libre del todo del mundo y sus pasiones: algunos de ellos caen en las pasiones espirituales, que son más peligrosas que las carnales -sobre todo cuando no han purgado a fondo (por la noche obscura) la raíz de las carnales. A algunos, las renuncias que han hecho les han dejado en el fondo una cicatriz, y a veces una verdadera úlcera de ressentiment; que busca sigilosamente "compensaciones"; y las halla. El poder corrompe siempre a aquel que lo desea; este hombre convierte a su prójimo en instrumento, y, por tanto, deja de ser su hermano. La angurria del mando, la sensualidad del poder, es una pasión tan peligrosa y más grave que la otra sensualidad; pero vaya usted a contar esto a uno de estos mandamases cuando ya se ha encaprichado y ha comenzado a endiosarse. El gusto de meterse en la vida y la persona del prójimo, de ser juez de sus actos y aun pensamientos, de cortarlo a la propia medida, de recoger la gloria del trabajo y del valer ajeno, de sentársele encima a uno que vale más que nosotros, se vuelve una pasión devoradora, que fácilmente se ciega y se ignora a sí misma, disfrazándose. Este mandamás todo lo hacer por Dios, por la Iglesia y por la Orden...
 "Los Calzados (de aquel tiempo) -escribe San Juan de la Cruz- están tocados del vicio de la ambición, mas todo lo que hacen lo coloran de religión y celo del servicio divino: de manera que son incorregibles."
 De esta pasión nacen los manejos por mantenerse en el poder, el ocultar fracasos, la simulación, el compadrazgo y el rasque con los otros sarnosos, las camarillas, la animosidad a los que pueden oponerse o simplemente ven claro; los informes falsos, la intriga, la mentira y la venganza; destrúyese como consecuencia inevitable la fraternidad y después toda caridad, incluso la simple convivencia.
 La pasión del mando conduce a la perversidad: el tercer tipo de hombre que abusa de la autoridad es el perverso, el que destruye para tener la sensación de que él es dueño, de que él es más, es decir, en el fondo, de que es Dios: porque es el vicio capital de la soberbia lo que está aquí en el fondo. El gran caractólogo Klagues, en su penetrante estudio acerca de la perversidad, caracteriza al perverso como una "voluntad pura", un querer por querer, una monstruosa adjudicación del prójimo al propio capricho, solamente por ser capricho mío:
 La maté porque era mía...
 Y si ella renaciera
 Otra vez la mataría...
 Eso se ha visto; y no sólo por desgracia en el pobre gitano de la copla; esa ebriedad de la voluntad propia que únicamente se nutre ya de sí misma, que llega hasta la voluptuosidad de destruir, lo cual es perversidad; por la sencilla razón de que el destruir algo es el supremo acto de dominio. Los asesinatos repetidos y sin motivo alguno de los perversos clásicos, de un Jack-the-Ripper y un Bela Kiss -para no hablar de un Tiberio-, tienen en el fondo esta pasión llevada a la locura; pero existe mucho más frecuente el tipo "negativo", el funcionario destructor, que odia a todo lo que sobresale y siente un sordo rencor a la vida -"dolor del bien ajeno", como definen a la envidia. Es sabido que la ley del tirano es abatir toda cabeza que sobresalga. Haec lex tiranni est: onme excelsum in regno cadat.
 "La envidia es la roña de los claustros" -dijo Unamuno-; mas cuando la envidia existe en los claustros, sobre todo esa envida general del "lebenracher" -que dice el alemán-, es mucho peor que una roña. Afortunadamente no existe, sino por excepción, según creemos.
 Bastan estas ligeras indicaciones acerca de los tres tipos de "mandamás", el sargentón, el prepotente y el tirano, para comprender lo que vuelve a la "santa obediencia" una cosa non sancta, y la destrona de su categoría de virtud y de perfección humana, convirtiéndola en un "instrumento", que puede llegar a ser instrumento de muerte.
 La pobre Carta de la Obediencia, como dijimos, no puede haber sido causa de esta desviación tan grande, carece de toda proporción con ella; sería un absurdo manifiesto creerlo. Mas bien, es plausible que haya sido ella misma un efecto del entronizamento en Occidente del "hombre prometeico" sobre el "hombre yoanneo" -que diría Schubert-, que suelen marcarlo como visible en este mismo tiempo, en el Renacimiento; es decir, el entronizamento de la acción sobre la contemplación, del derecho sobre la caridad, de lo exterior sobre lo interior en la cristiandad; la devoración de lo psicológico y lo personal, por lo jurídico, lo legal y lo automático -la "juridicidad" eclesiástica, los códigos, reglamentaciones y edictos excesivos substituyendo a las relaciones flexibles y humanas de la amistad; la burocracia impersonal e impasible en el gobierno de la Iglesia. "No os llamaré siervos, sino amigos" -dijo Cristo.
Sea ello como fuere, la cuestión es que la obediencia es una virtud moral, que sólo puede permanecer virtud en el ámbito de la caridad y en acuerdo con la prudencia. La virtud cardinal de la prudencia regula todas las otras; la virtud teologal de la caridad las inicia y las corona. Sin esto no hay virtud verdadera, sino simulacros de virtudes; las virtudes no-donantes que odió Nietzsche.
 No sería virtud alguna obedecer a un loco, evidentemente: como no lo es dejarse guiar por un ciego. Ponemos el caso extremo para que se vea lo que queremos decir. Si el loco tiene el poder y puede castigarme, me someteré para evitar mayores males, si acaso, pero eso no es virtud de obediencia. Es el caso que dice el hijo de Martín Fierro:
Dice creo San Francisco,
O quizá fue Sancho Panza,
Esta notable alabanza:
Que un superior bueno es ángel,
 Pero un malo es semejante
 A un loco con una lanza.
Prudencia es la recta regulación de lo por hacer; es la percepción de medios y fines. Si un medio no es apto para un fin, ni la autoridad del superior ni la "obediencia" (o sumisión) del súbdito cambiarán la naturaleza de las cosas, a la cual respeta siempre la prudencia. La obediencia versa siempre acerca de medios, no de fines. Entonces es el caso de manifestar su error al superior (cuando hay verdadera convivencia) o bien substituir el medio indicado por el medio apto, lo cual se llama interpretar la voluntad del superior..., lo cual supone a su vez que el superior fue sincero.
(...)
 Y éste es el otro caso en que no funciona más la obediencia, ni puede ser virtud, cuando no existe el ámbito y la atmósfera de la caridad, por lo menos en su grado mínimo. Rota la convivencia, luego no se puede hablar de obediencia.
Obedecer a un enemigo sería locura; porque un enemigo tira a destruirme. Sería suicidio. De modo que cuando surgen en un claustro oposiciones, animosidades personales y rencores -que pueden llegar al odio profundo-, hablar de obediencia o desobediencia es el cuento del tío. Lo peor para las víctimas de estas situaciones es que no surgen ellas de golpe, ni son claras al instante, sino que "devienen". Después de pasadas se ve claro; pero mientras devienen, la perplejidad de conciencia es una gran tortura, sobre todo para una conciencia delicada -porque la Iglesia tiene el poder de obligar "en conciencia", poder tanto más fuerte cuanto más fe y amor tiene el obligado. La tortura de la perplejidad de conciencia - the divided soul de los psicólogos -, es una de las peores que existen, dice Juan de la Cruz.
(...)
En resumen, esto es teología elemental, y aun puro buen sentido: la virtud de la obediencia no puede existir sino dentro de la caridad y junto a la prudencia. La caridad es el núcleo central del cristianismo -amar a Dios y amar al prójimo- y debe iniciar, acompañar y coronar todas las virtudes. Lo malo en el fariseísmo -que es substracción de la caridad- es que conserva las formas y las palabras de ella. "Extreme todos los recursos y finuras de la caridad, y después impóngale el precepto" -oímos decir una vez. El precepto era imposible e inhumano; pero se extremaron todos los recursos y finuras de la caridad: después se aplastó al tipo por "desobediente". Esto es una cosa muy seria dentro de la Iglesia; es peor que un crimen. Es el pecado contra el Espíritu Santo.
Padre Leonardo Castellani, in “El Ruiseñor Fusilado”, Buenos Aires, Ediciones Penca, 1975 - páginas 29 a 36.

quarta-feira, agosto 28, 2013

Llamando a las cosas por su nombre: por una economía moralmente católica


Luis Infante rescata verdades imperecederas y nos obsequia con este artículo originalmente publicado en la Santa Causa y que nos parece enjundioso, rico y pertinente. Sin más, ahí va.

RCS


Curioseando por la Red encontré no hace mucho tiempo el artículo de Josep Fontana, La economía del primer franquismo[1]. Me fijé en sus esfuerzos por resultar despectivo hacia los principios cuya mezcla inspiró, según él, las fórmulas económicas de aquel período:
«Pero es que al propio tiempo los tradicionalistas estaban usando el término corporativismo en un sentido mucho más conservador, antiliberal —y, si se quiere, anticapitalista, pero por precapitalista—, que reivindicaba los gremios y soñaba con el retorno a la supuesta armonía de la sociedad medieval. Los Estatutos de la Obra Nacional Corporativa definen los sindicatos como gremios y proponen fomentar “el trabajo a domicilio, familiar y la arteinsanía [sic!]”[2]. Un estudio adscrito a esta tendencia, el de José María de Vedruna sobre la “economía eléctrica”, dedicado inequívocamente a Fal Conde, no presenta más elemento doctrinal que la condena de la “funesta herejía liberal”, lo que le hace más próximo al padre Sardá, autor de El liberalismo es pecado, que al fascismo[3]».

Comentándolo con un amigo, éste me hizo ver que las propuestas de la Obra Nacional Corporativa que cita Fontana, además de practicables y bien orientadas, son lo que en estos tiempos de neologismos tonticultos reciben títulos como «nuevos yacimientos de empleo», «técnicas de autoempleo», «trabajo flexible», etc.

Dice Fontana que los estatutos de la O.N.C. «definen los sindicatos como gremios»[4]. En la zona nacional, tras el 18 de Julio de 1936, la O.N.C. –como toda la Comunión Tradicionalista– se prepara para la restauración de la sociedad tradicional. En ésta el régimen capitalista desaparecería, y con él la necesidad de los sindicatos de clase. No iban las cosas mal encaminadas: incluso un historiador anticarlista como Blinkhorn reconoce que la O.N.C. tras irse uniendo voluntariamente a ella multitud de sindicatos católicos, asociaciones profesionales etc., llegó a constituir la mayor organización sindical de España[5]. Los sucesivos decretos de unificación y la deriva política a ellos aparejada frustraron aquellas esperanzas[6].

No quiero ahora pararme en los proyectos y realizaciones de José María Arauz de Robles y sus contemporáneos, sino en dos aspectos fundamentales:

· El rechazo del liberalismo en todas sus formas;

. La inseparabilidad de Contrarrevolución, Monarquía tradicional y organización tradicional de la economía y la representación.

Desde que comienza a articularse el pensamiento contrarrevolucionario se enuncia, de una u otra forma, el rechazo (que ya era instintivo aun antes de su enunciación) al liberalismo en sus tres manifestaciones principales:

El liberalismo religioso (que hoy podemos llamar modernismo, sin perder de vista que conoce formas atenuadas); el político (al que pertenecen todas las corrientes nacidas de la Revolución, de la derecha a la izquierda, y al que se adscriben sin excepción –aunque quepan matizaciones– cuantos gobiernos ha habido en Madrid desde al menos 1833); y el económico (es decir, el capitalismo; sea el de mercado[7], el del Estado o sus formas mixtas).

Así Carlos VI, en su Manifiesto de Maguncia (16 de marzo de 1860):

«El sistema que nuestros últimos años ha regido en España, apoyado en una serie de ficciones que repugnan a la razón, y teniendo por base la corrupción más completa en el sistema electoral, no ha aprovechado para nada al pueblo, y no es más que un nuevo feudalismo de la clase media, representada por abogados y retóricos. Las clases similares de la Monarquía han desaparecido. Sería gran locura por mi parte querer reconstituirlas ab irato; pero encontrándome solamente con masas populares, pues la nobleza desaparece lentamente en virtud de la desvinculación, y perdida la influencia del clero por las inicuas leyes desamortizadoras, la empresa más honrosa para un Príncipe es librar a las clases productoras y a los desheredados de esa tiranía con que las oprimen los que, invocando la libertad, gobiernan la nación».

O Jaime III, refrendando los Acuerdos de la Junta Magna de Biarritz (30 de noviembre de 1919):

«[La Comunión Tradicionalista] defenderá, al propio tiempo que aumentará, la actuación de política social, sobre el esencial fundamento de la pronta reconstitución de las clases y corporaciones profesionales, manteniendo el puro y cristiano concepto de la propiedad hasta contra los atentados que, con espíritu contaminado de errores y prejuicios, le dirigen los propios partidos afines[8], y defendiendo, al par, con la mayor actividad y energía, cuanto representa verdaderamente la dignificación de la clase obrera, llamada a disfrutar de tiempos nuevos, más justos y cristianos, si al cabo, como es de esperar, la Revolución universal es vencida».

Línea de pensamiento que llega a nuestros días:

«La entrega de la confesionalidad católica del Estado ha acelerado y agravado el proceso de secularización que le sirvió de excusa más que de fundamento, pues éste —y falso— no es otro que la ideología liberal y su secuencia desvinculadora. De ahí no han cesado de manar toda suerte de males, sin que se haya acertado a atajarlos en su fuente. La nueva “organización política” —que en puridad se acerca más a la ausencia de orden político, esto es, al desgobierno— combina letalmente capitalismo liberal, estatismo socialista e indiferentismo moral en un proceso que resume el signo de lo que se ha dado en llamar “globalización” y que viene acompañado de la disolución de las Patrias, en particular de la española, atenazada por los dos brazos del pseudo-regionalismo y el europeísmo, en una dialéctica falsa, pues lo propio de la hispanidad fue siempre el “fuero”, expresión de autonomía e instrumento de integración al tiempo, encarnación de la libertad cristiana» (S.A.R. Don Sixto Enrique de Borbón, Manifiesto del 17 de julio del 2001).

¿A qué se debe que pensamiento tan acrisolado no resulte hoy suficientemente conocido ni aun entre quienes se tienen por tradicionalistas? Además de la confusión generada por el franquismo, sus contradicciones y sus oscilaciones, a estas alturas seguramente pesa más el oscurecimiento de la doctrina de la Iglesia[9]. Doctrina que, en su formulación tradicional y ortodoxa, no deja lugar a dudas, y no es sólo contemporánea.

En asunto tan importante como el préstamo dinerario, en 1745 dice Benedicto XIV en su Encíclica Vix pervenit:

«El pecado llamado usura se comete cuando se hace un préstamo de dinero y con la sola base del préstamo el prestamista demanda del prestatario más de lo que le ha prestado. En la naturaleza de este caso la obligación de un hombre es devolver sólo lo que le fue prestado».

El Catecismo Romano del Concilio de Trento lo había expresado aún más sencillamente:

«Prestar con usura es vender dos veces la misma cosa, o más exactamente vender lo que no existe» [10].

La claridad no es menor en los demás aspectos de la cuestión social.

Ante el Carlismo se presenta la tarea de la reconstrucción del orden tradicional, la restauración de la Cristiandad. Y en tanto no se realice obra tan enorme, cumple mantener estructuras de resistencia y de defensa de intereses legítimos. Hemos citado de pasada a los Sindicatos Libres y a la Obra Nacional Corporativa (de la que subsiste algún resto, al parecer, en forma de mutualidades y otros institutos que escaparon a la unificación franquista)[11].

No tenemos espacio para ocuparnos del Movimiento Obrero Tradicionalista [...], ni para algún excelente sindicato actual (en Valladolid, por ejemplo) del que preferiría que escribiesen sus impulsores. Sí para incluir una lista de libros útiles, seleccionados con el criterio de que sean relativamente fáciles de encontrar, bien por sus numerosas ediciones aún circulando, bien por haberlas recientes o estar en preparación. Se proporcionan los datos sólo de algunas, y se consideran incluidos los títulos de las notas del final.

Robert McNair Wilson, La Monarquía contra la fuerza del dinero. Cultura Española, Burgos 1937; Doncel, Madrid 1976. Original en inglés Monarchy or Money Power, Eyre & Spottiswoode, Londres 1932; en Estados Unidos titulado Gold & the Goldsmiths.

René de la Tour du Pin, Hacia un orden social cristiano. Euroamérica, Buenos Aires 1979. Original en francés Vers un Ordre Social Chrétien.

Jean Ousset y Michel Creuzet, El trabajo. Speiro, Madrid 1964. Original francés Le Travail.

Hilaire Belloc, Economics for Helen. The St. George Educational Trust, Liss 1995[12]. Del mismo autor y editorial: Usury y An Essay on the Restoration of Property.

Arthur Penty, The Guild Alternative. The St. George Educational Trust, Liss 1995.

Olive y Jan Grubiak, The Guernsey Experiment. Numerosas ediciones desde 1960. Extraordinario.

Cualquiera de los numerosos títulos del irlandés Padre Denis Fahey merece atención.

Otro día prometo dedicarme a los autores españoles. Hoy, como decía más arriba, he procurado reunir los que puedan conseguirse más fácilmente.

 

Notas

[1] Las primeras publicaciones de Fontana, de tendencia neomarxista, no carecían de interés. Su crítica a las historiografías oficiales (la liberal y la marxista clásica) resultaba estimulante. Lástima que, en la carrera de prebendas y vanidades en que se ha convertido la vida académica actual, Fontana parece haber evolucionado a neoliberal con ribetes postmarxistas. Eso sí: comparado con Jordi Canal, por ejemplo, Fontana sigue siendo paradigma de rigor.

[2] Estatutos de la Obra Nacional Corporativa. San Sebastián, Navarro y Del Teso, s.a., pág. 4.

[3] José María de Vedruna, Ordenación de la economía eléctrica nacional. (Colaboración a la Obra nacional corporativa). Madrid, Editorial Tradicionalista, 1943.

[4] Para un buen ejemplo de sindicalismo carlista de clase: “Los Sindicatos Libres, un obrerismo nacido en la Tradición”, reproducido en El Piquete.

[5] Martin Blinkhorn, Carlism and Crisis in Spain 1931-1936. Cambridge University Press, 1975; versión española Carlismo y contrarrevolución en España 1931-1939, Barcelona, Crítica, 1979.

[6] Un buen resumen de los presupuestos doctrinales e implicaciones en la organización política en Acedo Castilla, J.F., “La representación orgánica en el pensamiento tradicionalista”, Razón Española nº 112, Madrid, marzo-abril 2002.

[7] Un supuesto, y falso, “libre mercado” distinto del capitalismo puro y duro suele invocarse entre los católicos deseosos de acomodarse en el sistema, o entre aquellos cuasitradicionalistas que no comprenden bien el antiestatismo de nuestros postulados.

[8] Una buena ampliación contemporánea: «Disminuyendo al máximo la propiedad individual y la estatal, el Carlismo conoce primordialmente las formas de propiedad social, cuyos sujetos sean la familia, el municipio, las agrupaciones profesionales y las sociedades básicas restantes. Y de acuerdo con ello, el Carlismo condena expresamente la desamortización de los bienes de las comunidades en el expolio con que la dinastía usurpadora fraguó artificialmente una clase burguesa de enriquecidos por méritos de favor político, a fin de sostenerse en el trono usurpado, exigiendo la reconstitución inmediata de los patrimonios sociales, especialmente de los municipales, previa indemnización a los poseedores de buena fe». Centro de Estudios Históricos y Políticos “General Zumalacárregui”, ¿Qué es el Carlismo?, ESCELICER, Madrid, 1971.

[9] No faltan meritorios esfuerzos por encajar los documentos pontificios actuales en la doctrina social tradicional de la Iglesia; así, Permuy Rey, José María, “La Doctrina Social de la Iglesia frente al Capitalismo” en ARBIL, anotaciones de pensamiento y crítica, nº 50.

[10] Ante la claridad de estos términos es inevitable preguntarse por la frecuente vinculación de miembros de ciertos institutos, prelaturas y movimientos supuestamente católicos con la banca más usuraria y especulativa.

[11] Unificación y confiscación de abundantísimos bienes de los que cabe y debe caber exigir restitución, al menos tan plena como la “devolución del patrimonio sindical” que ha beneficiado a U.G.T. y, paradójicamente, a CC.OO., que no existía en 1936.

[12] Todos los títulos de esta editorial pueden solicitarse a: The St. George Educational Trust, Forest House, Liss Forest, Liss, Hampshire, GU33 7DD, Inglaterra.



Luis Infante

Publicado originalmente en La Santa Causa, revista de las Juventudes Tradicionalistas de España, número 4, abril/mayo 2003.
 

segunda-feira, agosto 19, 2013

Música sacra de Portugal - rito bracarense

Através do inevitável “New Liturgical Movement”, tomo conhecimento não só do conteúdo do vídeo supra, mas também da existência do grupo vocal que o interpreta - a “Capella Duriensis”.
É bom e muito meritório que haja no nosso país quem preserve e difunda a música litúrgica especificamente nacional ligada ao rito bracarense. Bastante menos bom é que o rito bracarense continue marginalizado onde deveria ter o maior relevo, isto é, na própria Arquidiocese de Braga...
Enfim, sirva esta oportunidade para recordar também a primeira - e, até agora, única - Missa de rito bracarense a que assisti. Foi há quase três anos em Fátima. Estiveram presentes vários amigos tradicionalistas. Absolutamente inesquecível! De facto, vivíamos então tempos felizes!

domingo, agosto 18, 2013

Lex dubia non obligat

Tendo por pano de fundo a análise do caso concreto dos Franciscanos da Imaculada, transcrevo abaixo mais um imperdível artigo da autoria de Roberto de Mattei, no qual o ilustre publicista italiano escalpeliza o avanço do positivismo jurídico, bem como o concomitante desrespeito pela lei natural daí decorrente, no local onde menos se esperaria que isso sucedesse: no seio da própria Igreja Católica. Para reflexão de todos os que nesta última fazem da apologia da obediência e autoridade - em autêntica idolatria anticatólica - um fim em si mesmo. Os destaques são meus.

***

El «caso» de los franciscanos de la inmaculada pone en el tapete una cuestión de orden canónico, moral y espiritual, que a menudo apareció, y a veces explotó, en los años del postconcilio: el problema de la obediencia a una ley injusta. Una ley puede ser injusta, no sólo cuando viola la ley divina o la ley natural, sino también cuando trasgrede una ley eclesiástica de orden superior. Este es el caso del decreto del 11 de Julio pasado con el cual la Congregación para los Institudos de Vida Consagrada estableció el comisariato de los Franciscanos de la Inmaculada.

La conculcación del derecho no está en el establecimiento del Comisariato, sino en la parte del Decreto que pretende obligar a los Franciscanos de la Inmaculada a renunciar a la Misa según el Rito Romano Antiguo. Existe, en efecto, además de la Bula Quo Primun de San Pío V (1570), el motu proprio de Benedicto XVI Summorum Pontificum (2007), esto es, una Ley Universal de la Iglesia que concede a todo sacerdote el derecho de “celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgado por el Beato Juan XXIII en 1962 nunca derogado, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia”.

El artículo 2 del Motu Proprio, especifica que no es necesario permiso alguno ni de la Sede Apostólica ni del Ordinario para la celebración de la Misa sin pueblo.

El artículo 3 añade que no sólo el sacerdote, sino “las comunidades de los Institutos de vida consagrada y de las Sociedades de vida apostólica, tanto de derecho pontificio como diocesano, que deseen celebrar la Santa Misa según la edición del Misal Romano promulgado en 1962 en la celebración conventual o «comunitaria» en sus oratorios propios, pueden hacerlo”. En el caso de que una sola comunidad o un entero Instituto o Sociedad quisiera “llevar a cabo dichas celebraciones a menudo o habitualmente o permanentemente, la decisión compete a los Superiores mayores según las normas del derecho y según las reglas y los estatutos particulares”.  No es necesario, en este caso, acudir al auxilio de la Ley divina o natural, basta con el derecho canónico. Un eminente jurista como Pedro Lombardia (1930-1986) rcuerda que el canon 135, parágrafo 2, del nuevo Derecho Canónico sanciona el principio de la legalidad del legislar, en el sentido en que “la potestad legislativa ha de ejercerse en el modo establecido por el derecho”, especialmente en los cánones 7 a 22, que constituyen el título dedicado por el Código a las Leyes eclesiásticas (P. Lombardia, Lecciones de derecho canónico, Giuffré, Milán 1986, p. 206).

El Código recuerda que leyes eclesiásticas universales son aquellas “promulgadas en el boletín oficial de las Acta Apostolicæ Sedis” (can 8); y que “obligan en todo el mundo a todos aquellos para quienes han sido dadas” (can 12 – §1); precisa que “Las leyes que establecen alguna pena, coartan el libre ejercicio de los derechos, o contienen una excepción a la ley se deben interpretar estrictamente” (can. 18); establece que “La ley posterior abroga o deroga a la precedente, si así lo establece de manera expresa, o es directamente contraria a la misma, u ordena completamente la materia que era objeto de la ley anterior” (can. 20); afirma que “En caso de duda, no se presume la revocación de la ley precedente, sino que las leyes posteriores se han de comparar y, en la medida de lo posible, conciliarse con las anteriores”. (can 21).

Por otro lado, el artículo 135 establece el principio fundamental de la jerarquía de la norma, en virtud del cual “tampoco puede el legislador inferior dar válidamente una ley contraria al derecho de rango superior”. Ni un Papa puede abrogar un acto de otro Papa, si no guarda la debida forma. Una regla indiscutible, de orden jurídico y moral, establece que ha de prevalecer el derecho derivado de una orden superior, que se refiere a una materia más universal y de mayor importancia, y que posee un título más evidente (Regis Jolivet, Tratado de Filosofía Moral, vol I, Morcelliana, Brescia 1959, pp.171-172)

Según el canon 14, además, la norma canónica, para ser obligatoria, no debe ser susceptible de duda de derecho (dubium iuris), sino que debe ser cierta. Cuando falta la certeza del derecho, rige el axioma “lex dubia non obligat – la ley dudosa no obliga”. Cuando nos enfrentamos frontalmente a la duda, la gloria de Dios y la salvación de las almas prevalecen sobre las consecuencias concretas que puede acarrear un acto en el plano personal. El nuevo Código de Derecho Canónico recuerda en efecto, en su último canan, que en la Iglesia, siempre debe ser “Ley suprema” la “salvación de las almas” (can 1752).

En su conferencia sobre la “salud de las almas” como principio del ordenamiento canónico, dictada el 6 de Abril de 2000, el Cardenal Julián Herranz, Presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, ha afirmado que éste es el supremo principio ordenador de la legislación canónica. Todo ello presupone una reflexión articulada, que está ausente del debate, porque a menudo se olvida el fundamento moral y metafísico del derecho.

Hoy en día prevalece una concepción meramente legal y formalista, que tiende a reducir el derecho a un mero instrumento en la mano de quien detenta el poder (cfr. Don Arturo Cattaneo, Fundamentos eclesiológicos del Derecho Canónico, Marcianum Press, Venecia 2011). Según el positivismo jurídico que ha penetrado en el interior de la Iglesia, es justo lo que la autoridad promulga. En realidad, el Ius divinum es el fundamento de toda manifestación del derecho y presupone la precedencia del Ius respecto al Lex. El positivismo jurídico invierte los términos y antepone el ejercicio de la ley a la legitimidad del derecho. En las leyes se ve sólo la voluntad del gobernante, y no el reflejo de la ley divina, por la cual Dios es el fundamento de todos los derechos. Él es el derecho vivo y eterno, principio absoluto de todos los derechos (cfr. Ius divinum de Juan Ignacio Arrieta, Marcianum Press, Venecia 2010).

Es por eso que, en caso de conflicto entre la ley humana y la ley divina, “debemos obedecer primero a Dios antes que a los hombres” (Hc. 5,29). Se debe obediencia a los superiores porque representan la misma autoridad de Dios, y ellos la representan en cuanto custodian y aplican la ley divina. Santo Tomás afirma que es mejor enfrentar la inmediata excomunión de la Iglesia, y refugiarse en tierras lejanas, donde el brazo secular no llega, antes que obedecer una orden injusta: «ille debet potius excommunicatione, sustinere (…) vel in alias regiones remotas fugere» (Summa Theologiae, Suppl., q. 45, a. 4, ob. 3).

La obediencia no es sólo un precepto formal que exige el sometimiento a la autoridad humana: es antes que nada, una virtud que nos encamina hacia la perfección. Abraza perfectamente la obediencia, no quien obedece por interés, temor servil, o respeto humano, sino quien elige la verdadera obediencia, que es la unión de la voluntad humana con la divina. Por amor a Dios debemos estar prontos a esos actos de suprema obediencia a su ley y a su Voluntad, que nos liberarán del vínculo de una falsa obediencia que nos hace correr el riesgo de perder la fe. Por desgracia hoy está vigente un mal entendido sentido de la obediencia, rayano a veces con el servilismo, por el cual el temor a la autoridad humana prevalece sobre la afirmación de la verdad divina.

La resistencia a órdenes ilegítimas, es a veces un deber de cara a Dios y a nuestro prójimo, que tiene necesidad de gestos de ejemplar contenido metafísico y moral. Los Franciscanos de la Inmaculada han recibido y aceptado de Benedicto XVI el bien extraordinario de la Misa Tradicional, impropiamente llamada “Tridentina”, que hoy miles de sacerdotes celebran legítimamente en todo el mundo. No hay mejor forma de expresar gratitud a Benedicto XVI por el bien recibido, y de manifestar, al mismo tiempo, el propio sentimiento de protesta contra esta injusticia sufrida, que continuar celebrando con la conciencia tranquila el Santo Sacrificio de la Misa según el Rito Antiguo. Ninguna ley contraria los obliga en conciencia. Quizá pocos se animarán a hacerlo, pero ceder para evitar males mayores, no servirá para alejar la tempestad que se cierne sobre el Instituto y sobre la Iglesia.

Tradução espanhola do original italiano feita por Página Católica.

quinta-feira, agosto 15, 2013

Assunção da Santíssima Virgem

 
No dia da Assunção desceu o mesmo Filho de Deus a honrar o triunfo de sua Mãe, acompanhado de toda a corte do céu, anjos e santos, os quais admirados diziam: Quae est ista quae ascendit de deserto, deliciis affluens, innixa super dilectum suam? Quem é esta, que sobe do deserto, não só cheia, mas inundando delícias, sustentada do seu amado? O seu amado é o bendito Filho, primeiro motivo daquela admiração, o qual para maior majestade do triunfo, quis ele ser em pessoa o que levasse de braço a sua Mãe. As delícias ou inundação de delícias, que juntamente admiravam, e das quais não só ia cheia, mas como de fonte redundante manavam e enchiam tudo, não podendo ser as da glória para onde começava a subir, eram sem dúvida as da graça, que na terra e na vida tão imensamente tinha adquirido. Assim comenta este lugar o doutíssimo Cardeal Hailgrino: Affluere autem dicitur gratiarum deliciis, et virtutum; et innixa super dilectum, cujus innitebatur gratiae. Mas o que eu sobre tudo admiro nos mesmos admiradores é que em tal dia e em tal concurso chamem à terra deserto: Quae est ista quae ascendit de deserto? Se toda a corte do céu tinha descido com o seu Príncipe à terra, se despovoado o mesmo céu, todo naquele dia estava junto na terra, donde começava a marchar o triunfo, como se chama deserto? Porque tanto que apareceu a gloriosa triunfante revestida das imensidades de sua graça, maiores na grandeza que todas as delícias que até então se tinham gozado da glória, tudo quanto tinha descido do céu à terra desapareceu à sua vista. Excelentemente S. Pedro Damião: In illa inaccessibili luce perlucens, sic utrorumque spirituum hebetabat dignitatem, ut sint quasi non sint, et comparatione illius, nec possint, nec debeant apparere. Que região mais povoada, é comparação do mesmo santo, que região mais povoada que o céu de noite? Tantos planetas, tantas constelações, tanta multidão de estrelas maiores e menores sem número, mas em aparecendo o sol, o mesmo céu subitamente ficou um deserto porque tudo à vista dele se sumiu e desapareceu, e só ele aparece. O mesmo sucedeu a todas as jerarquias do céu neste dia. Por grandes e inumeráveis não cabiam na terra, mas, tanto que abalou o triunfo e apareceram os soberanos resplendores de graça, ou da Senhora da graça, tudo o mais desapareceu e ficou um deserto: Quae est ista quae ascendit de deserto; porque todas essas jerarquias em sua presença eram como se não foram, ut sint tanquam non sint; e porque todas, em sua comparação, nem podiam nem deviam aparecer, et comparatione illius, nec possint, nec debeant apparere, só apareceu e só se fez menção do seu amado, innixa super dilectum suum, que é nova confirmação desta mesma verdade, porque, junta com a graça de Maria, só a de seu Filho avulta e aparece, por ser graça de Homem-Deus, abaixo do qual, como diz Santo Anselmo, nenhuma se pode considerar, nem entender maior que a de sua Mãe: Qua major sub Deo nequeat intelligi. E isto baste, finalmente, para que todos celebremos e confessemos com os aplausos das vozes, com os afectos dos corações, e com os júbilos e parabéns de toda a alma, que Maria, enquanto Senhora da Graça, ainda em comparação da sua mesma glória, escolheu a melhor parte: Maria optimam partem elegit.
 
Padre António Vieira, in “Sermão de Nossa Senhora da Graça”, pregado na Igreja Matriz da Cidade do Pará, cuja festa se celebra no dia da Assunção da mesma Senhora.

segunda-feira, agosto 12, 2013

A beleza como factor de expressão da identidade católica

Irmãs Franciscanas da Imaculada


Numa Igreja desgraçadamente infestada por heterodoxias, escândalos e abusos de toda a ordem, não se pode deixar de estranhar que as autoridades eclesiásticas hajam tido como grande prioridade prática o colocar sob sua tutela directa uma congregação religiosa como a dos Franciscanos da Imaculada, caracterizada - como poucas na Igreja actual - pelo dinâmico crescimento das suas vocações, pela sua ortodoxia doutrinária e pelo seu amor à tradição católica (quanto a esta última, com a desmontagem prática no terreno - e no terreno difícil do terceiro mundo - da calúnia vezes sem conta debitada pelos modernistas de que a Missa Tradicional é um epifenómeno que interessa apenas às elites de alguns países ocidentais).
Assim, sobre toda esta situação absolutamente extravagante criada agora pela actuação desastrada das mesmas autoridades eclesiásticas, oferece-se-me apenas repetir o que já disse em momento anterior: quando algo deste género sucede, é porque alguma coisa está muitíssimo errada no seio do governo da Igreja institucional…

sábado, agosto 10, 2013

O espírito da Missa Tradicional


A Missa Tradicional é o centro absoluto da vida cristã, a mais importante fonte de graça santificante e o primeiro esteio de uma prática espiritual autenticamente católica. Sem ela, tudo o mais se deteriora e degrada, quando não se esboroa e desintegra. Outra não é - tendo por pano de fundo um belíssimo vídeo já apresentado neste espaço - a tese defendida no magnífico artigo intitulado “The Franciscans of the Immaculate, Bill Buckley and the Old LatinMass”, publicado no “The Remnant” e cuja leitura recomendo vivamente, tanto mais que o mesmo sintetiza com admirável singeleza a posição tradicionalista sobre a questão.